JORNADA HOMOLOGADA POR EL ICAC CON 4 HORAS DE FORMACIÓN EN CONTABILIDAD

PARA LOS AUDITORES INSCRITOS EN EL ROAC.

Objetivo

Tras la fecha del cierre del ejercicio es posible que sucedan una serie de hechos o acontecimientos que, si se producen antes de la formulación de las Cuentas Anuales y afectan a las Cuentas Anuales, deben ser recogidos de alguna manera por la contabilidad.

Incluso si el hecho es muy significativo y afecta de forma importantísima a las Cuentas Anuales, el tiempo se alarga hasta la aprobación de las Cuentas Anuales por parte de la Junta General de socios.

Todo ello es importantísimo que lo tengan en cuenta los contables responsables de la contabilidad de la empresa y también los auditores de cuentas en el ejercicio de su trabajo profesional y en la emisión de su informe.

En este sentido, pueden existir diversos tipos de hechos posteriores, que es importante delimitar y clasificar.

Veremos las definiciones de hechos posteriores según la Norma de Registro y Valoración (NRV 23) del PGC, Norma Internacional de Contabilidad núm. 10 (NIC 10) y Norma Internacional de Auditoría aplicable a España núm. 560 (NIA-ES 560)

De este modo, es importantísimo, en el caso de que se produzcan, determinar cuál es el tipo de hecho posterior que ha acontecido, para determinar cuál debe ser su tratamiento en las Cuentas Anuales.

También hay que determinar si deben ser informados, o no, en la memoria, y determinar en qué casos debe producirse una reformulación Cuentas Anuales o más bien una reexpresión de cifras comparativas.

Todo ello, mediante casos prácticos.

También se analizará si se pone en duda la aplicación del principio de empresa en funcionamiento y sus repercusiones en informe de auditoría.

Finalmente se analizarán con casos prácticos las provisiones, los activos y pasivos contingentes.